Reglamentación General

ARTÍCULO 1º. APERTURA DE INSCRIPCIONES

La Sociedad por el Patrimonio Audiovisual abre la inscripción a personas nativas de países latinoamericanos y/o extranjeras que residan legalmente en Latinoamérica para la cohorte 2024 de la Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA).

ARTÍCULO 2º. INSCRIPCIÓN

La inscripción deberá realizarse en forma virtual a través del formulario on-line disponible en la web de la DiPRA: dipra.patrimonioaudiovisual.org. La inscripción estará abierta entre el 10 de enero y el 29 de febrero de 2024. Estas fechas podrán extenderse a criterio de las autoridades de la carrera. No se aceptarán inscripciones fuera de término. Las autoridades de la DiPRA se reservan el derecho de ampliar o postergar la convocatoria acorde a lo determinado en el artículo 3° de la presente.

Al momento de realizar la inscripción deberá presentarse la siguiente documentación:

  • Información personal (Nombre, apellido, Documento de Identidad o pasaporte, nacionalidad, correo electrónico, teléfono, ciudad y país de residencia)
  • Síntesis curricular (máximo 500 caracteres)
  • Carta de presentación (donde dará cuenta de su motivación para cursar la diplomatura)

ARTÍCULO 3º. PÚBLICO DESTINATARIO, VACANTES Y MODALIDAD DE INGRESO

Entendiendo la particularidad que este tipo de práctica requiere un seguimiento personalizado y con dinámicas vinculadas al taller, se establecerá un cupo de treinta (30) personas. De superarse este número en cantidad de personas pre-inscriptas existirá una evaluación de las postulaciones llevada a cabo por un comité evaluador integrado por un mínimo de 3 (tres) docentes de la diplomatura. La Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) es abierta al público en general sin requisitos de estudios previos específicos, pero se espera que el participante interesado tenga conocimientos sobre cine y audiovisual. Se admiten únicamente estudiantes con nacionalidad o residencia en países latinoamericanos. Si el cupo no llegara a ser cubierto, las autoridades de la DiPRA podrán determinar si se reprograma o posterga el calendario de clases establecido como así también se reservan el derecho de ampliar las vacantes de acuerdo a lo resuelto por el comité evaluador. Para la Cohorte 2024 la DiPRA se reserva el derecho de admitir excepcionalmente postulantes de nacionalidad iberoamericana.

ARTÍCULO 4º. ANUNCIO DE PERSONAS SELECCIONADAS Y DIFUSIÓN 

Por el hecho de participar en la Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) cada persona postulante presta su conformidad, en caso de resultar seleccionada, para que se difunda su nombre en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine la DiPRA por tiempo indefinido.

ARTÍCULO 5º. DE LA FUNDAMENTACIÓN, OBJETIVOS Y TÍTULO DE LA DIPLOMATURA

5.1. Fundamentación

Las artes audiovisuales son una expresión importantísima de la identidad cultural de los pueblos, conteniendo en cada una de sus formas y medios -como lo son principalmente el cine y la televisión- un valor educativo, cultural, artístico, científico e histórico inconmensurables. Constituyen parte sustancial del Patrimonio Cultural de una nación, reflejando en sus imágenes en movimiento las expresiones características de la sociedad, sus acontecimientos, siendo éstas testimonios importantes de la historia, el modo de vida y la cultura de los pueblos.

Al gran trabajo que aún tienen por delante las instituciones que preservan las cinematografías y videografías nacionales de nuestros países, se suman las instituciones que poseen un archivo audiovisual o que deben crearlo, porque cada vez son más las organizaciones que incursionan en la comunicación audiovisual: registran sus actos, eventos, etc. Los grandes medios, por su parte, han aumentado la demanda de material de archivo, desde programas periodísticos de televisión a la creación de canales on-line. Esto se suma a los importantes proyectos de restauración digital que se llevan a cabo en todo el mundo, dado que el archivo audiovisual se transformó en un activo muy valioso por la apertura de nuevas ventanas de comercialización que requieren que las películas cumplan con los nuevos estándares de calidad digital para la exhibición en sala como en plataformas de streaming. Se creó así un mercado amplio que genera demanda de recursos humanos altamente profesionalizados.

La Diplomatura, única en su tipo en Latinoamérica, propone una formación altamente especializada y multidisciplinar que pueda cubrir las diferentes demandas que el campo del Patrimonio Audiovisual requiere en la actualidad. Asimismo promueve en la región que personal capacitado se incorpore a organizaciones públicas y privadas vinculadas a la actividad de la preservación audiovisual, desarrollando sus tareas bajo los más altos estándares internacionales.

5.2.  Objetivos de la Diplomatura

  1. Identificar funciones específicas dentro del trabajo integral de la Preservación Audiovisual;
  2. Comprender procedimientos técnicos y adquirir saberes conceptuales del trabajo específico del preservador audiovisual en el ámbito de los archivos fílmicos, de video analógico y digital;
  3. Aplicar esquemas teóricos sobre problemas específicos en torno a la preservación y restauración contribuyendo a fortalecer el campo de la Preservación Audiovisual en Latinoamérica;
  4. Producir criterios de preservación y diseñar proyectos de restauración fílmica y digital;
  5. Comparar y confrontar diferentes proyectos de restauración audiovisual problematizando las relaciones entre preservación, restauración y los aspectos éticos de la profesión.

5.3. Titulación 

El título que se otorgará es “Diplomado en Preservación y Restauración Audiovisual”. Para la obtención del Diploma deberá cumplirse con el régimen de asistencia, la aprobación de las evaluaciones parciales que se exijan y la entrega y aprobación del Trabajo Integrador Final, todo ello acorde a lo normado por la presente Reglamentación General.

5.4. Perfil del egresado

El diplomado en Preservación y Restauración Audiovisual tiene un conocimiento integral de la preservación y restauración del patrimonio audiovisual. Obtendrá saberes conceptuales que permiten discutir proyectos vinculados con la gestión del patrimonio audiovisual, las políticas públicas y privadas vinculadas y el actual estado en el que se encuentra la actividad de la preservación. Estará capacitado sobre sus formas de conservación y las técnicas que requiere la preservación, las funciones dentro de un equipo de trabajo en un archivo y en una cinemateca, los conocimientos técnicos vinculados al mantenimiento de bóvedas y cámaras de guarda de material, las tareas de recuperación y restauración, la programación y usos de los materiales de archivos, entre otras.

ARTÍCULO 6º. DE LAS ASIGNATURAS Y ESTRUCTURA CURRICULAR 

La siguiente estructura curricular, unidades y contenidos mínimos corresponde a la cohorte 2024, en función de la evaluación de su desarrollo, podrían realizarse cambios parciales en sucesivos ciclos de cursada.

UNIDAD I: GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO AUDIOVISUAL

La noción de Patrimonio Audiovisual. Evolución histórica. Derecho del patrimonio audiovisual. Conceptualizaciones: la preservación, la conservación, la restauración y la masterización. Definiciones: Archivo Audiovisual, Cinemateca, Filmoteca, Museo de Imagen y Sonido. Organizaciones Internacionales. Modelos de archivo. Diseño de políticas de preservación. Consejos, Comisiones Nacionales, Institutos y Organismos específicos. Formas de organización. Financiamiento y aspectos económico-fiscales. Casos modelo.

UNIDAD II: ACERVOS AUDIOVISUALES

Adquisición, controles intelectuales. Manual de procedimientos. Metadatos de registro. Catalogación audiovisual: modelos y normas. Manual FIAF. Gestor de documentos audiovisuales. Competencias archivísticas. Principio de procedencia. Principio de orden original. Fondo/Colección-Sección-Serie-Unidad documental: conceptos y ejemplos. Elaboración de protocolos. Transparencia.

UNIDAD III: TECNOLOGÍA FOTOQUÍMICA

Historia de los soportes fílmicos y de las tecnologías audiovisuales. Descomposición de nitrato y acetato. Clasificación de los materiales. Planificación y objetivos del control físico. Identificación del material: tipos, dimensiones y casos especiales. Tipos de perforaciones e indicaciones en bordes. Relación de aspecto. Degradación mecánica, química y biológica. Marcas en la película y marcas reproducidas fotográficamente. Técnicas y tests recomendados. Reparación y limpieza de la película. Tipos de empalmes. Acondicionamiento de la película para el laboratorio y la proyección.

UNIDAD IV: LABORATORIO DE RESTAURACIÓN

Diseño del proyecto de restauración. Principios y métodos. Estudio y análisis de los materiales a restaurar. Uso del laboratorio fotoquímico. Optical printing y contact printing. Procesos especiales. Uso del laboratorio digital: film scan, film comparing, restauración digital, colorización. Restauración digital de imagen y sonido. Ética de la restauración. Digital to film. Archivos digitales. Casos de estudio.

UNIDAD V: USOS Y ACCESIBILIDAD

Aspectos curatoriales. Principios y métodos de acceso. Productos y distribución. Publicidad y sensibilización. Enseñanza y formación. Copias: formatos y estándares. El film reasercher. Historiografía y usos posibles. On-site Access. On-line Access. Programas y estrategias principales. Lógica archivo-dispositivo-tecnica. Técnicas y recursos para la utilización de materiales de archivo en producción artística. Dispositivos de exhibición. Ejemplos de utilización de material de archivo en obras. Análisis y comparación de ejemplos.

ARTÍCULO 7º. DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE PERSONAL

7.1. Dirección y coordinación académica

La Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) cuenta en su organización con una Dirección y una Coordinación Académica. La Dirección y Coordinación Académica está a cargo de Fernando Madedo y Ana Lucía Amor. 

7.2. Coordinación de Unidades 

Cada Unidad está a cargo de una Coordinación. UNIDAD I: GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO AUDIOVISUAL está coordinada por Fernando Madedo; UNIDAD II: ACERVOS AUDIOVISUALES está coordinada por Mariana Avramo; UNIDAD III: TECNOLOGÍA FOTOQUÍMICA está coordinada por Heriberto San Jorge; UNIDAD IV: LABORATORIO DE RESTAURACIÓN está coordinada por Ana Lucía Amor; UNIDAD V: USOS Y ACCESIBILIDAD está coordinada por Ivana Nebuloni.

Cada Coordinación a cargo de las Unidades tendrán las siguientes competencias y responsabilidades: 

a. Diseñar los programas y la metodología de trabajo de cada Unidad. 

b. Desarrollar la enseñanza de los programas diseñados. 

c. Acompañar el proceso de aprendizaje de las personas estudiantes. 

d. Evaluar los trabajos académicos de las personas estudiantes. 

e. Certificar la aprobación de las Unidades. 

f. Además, una vez finalizado el período de cursada y evaluación estipulado, cada Coordinación de Unidad elevará a la Coordinación Académica de la Diplomatura el listado de estudiantes con su respectiva condición de aprobación.

7.3. Equipo Docente 

Para la cohorte 2024 de la Diplomatura se designa al siguiente equipo docente:

Confirmados: Mariana Avramo, Ana Lucía Amor, Fernando Madedo, Ivana Nebuloni, Heriberto San Jorge, Julián Giulianelli, Federico Esquerro, Esteban Golubicki

Sujetos a confirmación: Paolo Cherchi Usai, Barbara Flückiger, María Devoto, Tom Gunning, Andrés Di Tella, David Walsh, Adrián Muoyo, Marina Fernández Quiroga, Joan Boadas i Raset y Franz Hoeller. 

La Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) se reserva el derecho de cambiar o modificar la nómina docente en cualquier momento y a su exclusivo criterio y sin previo aviso.

ARTÍCULO 8º. MODALIDAD DE CURSADA

La Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) es de cursado virtual. Consta de 5 módulos en total, entre teóricos y prácticos. El plan de carrera consta de 130 horas de cursado correspondiente a 4 horas semanales con un total de 24h por Unidad y al menos 10h obligatorias destinadas a las tutorías del T.I.F. (Trabajo Integrador Final). 

La metodología de dictado de los cursos será teórico-expositiva empleándose distintos recursos tecnológicos como presentaciones de diapositivas, exhibición de fragmentos de obras audiovisuales o utilización de equipamiento tecnológico de restauración audiovisual. Asimismo se realizarán prácticas que permitirán la incorporación de conocimientos por medio de la experimentación. Siendo el curso de la práctica profesional el más importante de ellos, puesto que supone la aplicación de los conocimientos teóricos adquiridos y aquellos incorporados por medio experiencial. 

ARTÍCULO 9º. DÍAS Y HORARIOS DE CURSADA

Se definen como días y horarios de cursada los días martes y jueves en el horario de 18 a 20 hs. UTC-3. La cursada 2024 se realizará entre el 16 de abril y el 28 de noviembre. Excepcionalmente atendiendo a los diferentes husos horarios de estudiantes y docentes, algunas clases se realizarán de 14 a 16 (UTC-3). El horario de cursado según husos horarios en Latinoamérica es el siguiente:

GMT -3 Argentina, Brasil y Uruguay: 18 a 20 

GMT -4 Bolivia, Chile, Cuba, Paraguay, Puerto Rico, República Dominicana, Venezuela: 17 a 19

GMT -5 Colombia, Ecuador, México, Panamá, Perú: 16 a 18

GMT -6 Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua: 15 a 17

ARTÍCULO 10º. COHORTE CERRADA

Entendiéndose lo crucial del trabajo en grupo como espacio vincular de aprendizaje, se trabajará con la modalidad de cohorte cerrada. El estudiante no podrá cursar el módulo en otro momento que no sea en el de la cursada que le corresponde. En casos especiales, la Coordinación Académica podrá evaluar de manera excepcional la posibilidad de permitir el cursado fuera de término en una cohorte posterior.

ARTÍCULO 11º. CATEGORÍAS DE ESTUDIANTES Y REGULARIDAD

11.1. Cumplimiento 

Quien ingresa en calidad de estudiante en cualquiera de las categorías debe cumplir con todos los requisitos establecidos por las reglamentaciones oficiales, así como los que fija esta Diplomatura, formalizando su compromiso de aceptar sus fines y las normas que rigen su funcionamiento en oportunidad de inscribirse.

11.2. Las categorías de estudiantes serán:

a) Aspirante: se denomina aspirante a quien se inscribe a la Diplomatura para participar, cumpliendo todos los requisitos de documentación a presentar. 

b Ingresante: se denomina ingresante a la persona aspirante que ha cumplido satisfactoriamente la instancia de evaluación de ingreso y formará parte de la cohorte de ese año para cursar la Diplomatura.

d) Estudiante regular: quien reúne los siguientes requisitos: Cumplir la escolaridad a tenor del plan de estudios; aprobar la totalidad de las Unidades durante la vigencia de su escolaridad y mantener el presentismo.

11.3.  Regularidad

Para que las personas estudiantes mantengan su condición de estudiante regular es obligatorio el cumplimiento de la escolaridad. En caso contrario no se podrá rendir la evaluación final de la obligación académica.

Se entiende por escolaridad:

a) El cumplimiento de la asistencia a clase.

b) La aprobación de las evaluaciones parciales, monografías, prácticas profesionales, actividades de investigación, trabajos prácticos obligatorios u otros trabajos que se exijan.

11.4.  Régimen de asistencia

La asistencia a las clases teóricas y prácticas es obligatoria para estudiantes regulares. Las inasistencias -aún debidamente justificadas- no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del número total de clases dictadas por cada Unidad. Se entiende por “clases dictadas” las teóricas y prácticas previstas en la intensidad horaria semanal del plan de estudios correspondiente, y en el calendario académico aprobado.

11.5.  Recuperación de la escolaridad por inasistencias.

a) En el caso de que una persona estudiante no haya cumplido el setenta y cinco por ciento (75%) de asistencia quedará libre y perderá su condición de estudiante regular. 

b) Si hubiera cumplimentado al menos el cincuenta por ciento (50%) de asistencia, la Coordinación Académica podrá disponer se recupere la escolaridad perdida por inasistencias sean éstas producidas por causas graves debidamente documentadas. La recuperación se realizará mediante clases recuperatorias, trabajos prácticos y/o monografías. La persona estudiante deberá solicitar la recuperación durante el año en curso.

11.6.  Inasistencia de docentes.

Las personas estudiantes deben aguardar la asistencia de docentes como mínimo quince minutos por hora o treinta por bloque de dos horas, desde la hora fijada para el comienzo de la clase. Si no concurrieren, la Coordinación Académica o autoridad competente dispondrá el registro de la asistencia y las actividades a desarrollar.

11.7.  Lista de asistencia.

La lista de asistencia tiene que cerrarse con la firma de la autoridad competente. La Coordinación Académica relevará el registro de asistencias y ausencias en la planilla oficial. No se admitirán espacios o casilleros en blanco, tachaduras, raspaduras o enmiendas que no estén debidamente salvadas al pie de la lista con la firma de la persona responsable. 

ARTÍCULO 12º. EVALUACIONES PARCIALES, MONOGRAFÍAS, PRÁCTICAS PROFESIONALES, ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN U OTROS TRABAJOS QUE SE EXIJAN.

Cada Coordinación podrá elegir el régimen de su Unidad, siendo por definición cada una de ellas de aprobación promocional.

a) Las Coordinaciones de cada Unidad dispondrán la realización de por lo menos una (1) obligación académica 

b) En caso de ausencia deberá realizarse un recuperatorio de cada una de dichas obligaciones.

c) La obligación no será calificable, pero la Coordinación podrá disponer que se re-haga la obligación en caso de no ser satisfactoria y a los efectos de mejorar la incorporación de conocimientos por parte de la persona estudiante.

ARTÍCULO 13º. REGISTRO E INSCRIPCIÓN A UNIDADES Y CORRELATIVIDADES

13.1.  Inscripción a materias

La persona ingresante se encuentra registrada e inscripta para cursar las Unidades correspondientes a todo el tramo de la Diplomatura. Dicha inscripción será efectiva siempre y cuando cada estudiante cumpla con el régimen de asistencias. Una vez aprobadas la totalidad de las Unidades deberá cumplimentar las horas obligatorias de tutoría y estará en condiciones de presentar el Trabajo Integrador Final (T.I.F.). Cada T.I.F. tendrá una tutoría asignada por la DiPRA a cargo del personal docente.

13.2. Régimen de correlatividades.

En función de la continuidad del grupo de trabajo de las materias, las personas estudiantes deberán cumplir el régimen de correlatividades fijado, el cual requiere la aprobación de la totalidad de las materias en el orden estipulado en el Plan de Estudios.

13.3.  Programas de Estudios

Cada docente a cargo de la Coordinación de las Unidades, deberá entregar en tiempo y forma el programa de cada obligación académica, el cual contendrá:

  1. Nombre de la carrera a la que pertenece.
  2. Nombre de la Unidad.
  3. Composición de cátedra.
  4. Fundamentación de la Unidad.
  5. Los objetivos generales y específicos de la Unidad. 
  6. La cantidad de horas semanales y totales.
  7. Los módulos temáticos.
  8. La bibliografía general y específica.
  9. El cronograma de clases.
  10. Las evaluaciones parciales, monografías, prácticas, actividades de investigación  u otros trabajos que se exijan.

ARTÍCULO 14º. EQUIVALENCIAS

Las obligaciones académicas aprobadas en otras instituciones educativas, no podrán ser reconocidas como equivalentes, siendo obligatoria la cursada y aprobación de la totalidad de las Unidades previstas.

ARTÍCULO 15º. ARANCELES

La Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual (DiPRA) consta del pago de una matriculación en concepto de reserva de vacante (no reembolsable) y el pago de 8 cuotas mensuales consecutivas y totales pagables del 1 al 10 de cada mes (abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre). 

15.1. Valores

Para la cohorte 2024 de la DiPRA se establecen dos valores diferenciados: para Argentina la matrícula tiene un valor de 90.000 pesos argentinos; para el resto de latinoamérica la matrícula tiene un valor de 150 dólares estadounidenses. El valor de la cuota para Argentina es de 70.000 pesos argentinos y para el resto de latinoamérica el valor de la cuota es de 100 dólares estadounidenses. 

15.2. Descuentos aplicables

Para la cohorte 2024 de la DiPRA se establecen dos descuentos aplicables: 40% de descuento para las matrícula y cuotas cuyos valores son abonados en un solo pago y en su totalidad; y 20% para las matrículas y cuotas cuyos valores son abonados en dos pagos.

15.3. Becas

Se destinarán 4 medias becas (50% del total) y 2 becas completas (100% del total ) aplicable sobre el valor de la cuota. Las matrículas -en el caso de ser adjudicada una beca- deberán abonarse sin excepción. Las becas serán otorgadas por las autoridades de la DiPRA bajo su único criterio y su decisión será inapelable. La declaración de interés en acceder a una beca deberá explicitarse y fundamentarse en la Carta de Presentación contenida en el Formulario de Inscripción.

15.4. Alcance

La DiPRA es de cursado individual y las clases no deberán compartirse con nadie más a fin de conformar una red de pago justa y equilibrada. 

15.5. Disponibilidad técnica

La DiPRA no se responsabiliza por la disponibilidad técnica de la plataforma utilizada para el dictado de clases virtuales, aunque realizará todos los intentos técnicos razonables destinado a garantizar una visualización de calidad en el tiempo y forma establecido. Los sistemas operativos recomendables para el acceso a las clases virtuales son: IOS-ANDROID. Las mismas podrán visualizarse a través de computadoras, tablets y smartphones. Será necesario contar con un usuario y contraseña para realizar la visualización de la clase. Estas credenciales de acceso serán brindadas por las autoridades de la DiPRA y sus docentes oportunamente.

15.6. Materiales de estudio

Los materiales de estudio, materiales e insumos para trabajos prácticos, etc., y todo gasto relacionado correrán a cuenta de la persona estudiante.

15.7. Pago

El pago y la facturación serán realizados a través de MERCADO PAGO y PAYPAL, los términos y condiciones de uso se encuentran a disposición en https://www.mercadopago.com.ar/ayuda/terminos-y-condiciones_299 y https://www.paypal.com/ar/webapps/mpp/ua/useragreement-full

ARTÍCULO 16º. CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS

En el caso de cambio de plan de estudios, las personas estudiantes que habiendo abandonado temporariamente y al reincorporarse tengan la escolaridad vencida, deberán solicitar las equivalencias al plan de estudios vigente, perdiendo todo derecho al plan con el cual iniciaron sus estudios. El plan de estudios de la Diplomatura podrá ser modificado a criterio consensuado de la Coordinación Académica y la Dirección. 

ARTÍCULO 16º. EVALUACIÓN FINAL

16.1. Plazo

Una vez concluido el cursado de la DiPRA cada persona estudiante tiene un plazo de 6 meses para la entrega del Trabajo Integrador Final (T.I.F.). Este plazo puede ser prorrogable por única vez por igual término. 

16.2.  Tribunal examinador

Se integrará con las Coordinaciones de las Unidades. No podrá intervenir en la examinación ninguna persona que a la fecha de la constitución del tribunal no esté designada como docente. Las autoridades académicas, por derecho propio, podrán integrar cualquier tribunal examinador.

16.3.  Evaluación final

Para finalizar la aprobación de la diplomatura se deberá presentar un Trabajo Integrador Final (T.I.F.) donde se articule los conceptos y conocimientos adquiridos tanto de forma teórica como práctica. Cada estudiante tendrá una tutoría asignada que orientará la realización de dicho trabajo final. Se prevén tres tipos de T.I.F. elegibles: 

  1. Proyecto de Gestión;
  2. Proyecto de Preservación;
  3. Proyecto de Restauración.

16.4. Calificaciones

La escala de calificaciones en las evaluaciones finales es numérica, de cero (0) a diez (10). La nota mínima de aprobación es seis (6). Las evaluaciones deben ser calificadas con números enteros. En caso de no ser aprobado el T.I.F. deberá ser presentado nuevamente en el plazo de 2 (dos) meses desde la fecha de notificación de la calificación.

16.5. Inapelabilidad

Las decisiones del tribunal examinador serán definitivas e inapelables en su calificación.

16.6. Evaluaciones escritas y orales

Cuando la evaluación sea escrita y oral debe aprobarse la parte escrita para poder rendir la oral. De la aprobación de ambas instancias surgirá la calificación definitiva. En el caso de no aprobarse una de ambas instancias la calificación definitiva será la correspondiente a la parte no aprobada.

ARTÍCULO 16º. RECURSOS Y FACILIDADES

La DiPRA ofrece la posibilidad de digitalizar en 4K material fílmico 16, súper 16, 35 y súper 35 mm de 2, 3 y 4 perforaciones en secuencia de cuadros sin compresión en resolución 4K y opcional de 2K y archivos de sonido WAV PCM sin compresión con frecuencia de sampleo 48kHz. Asimismo ofrece la posibilidad de realizar un máster digital en LTO 7 con el proyecto final. Estos servicios son sin cargo hasta 30 minutos por estudiante y una grabación LTO, ambos servicios sujetos a disponibilidad y acuerdo entre las partes. Todos los gastos relacionados al traslado de materiales, derechos de aduana, derechos de uso, insumos como cintas LTO, colas, núcleos, etc. estarán a cargo de la persona estudiante, sólo siendo ofrecido el servicio de digitalización y grabación de LTO no implicando ninguna otra obligación. Los servicios se brindan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

ARTÍCULO 17º. DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Las personas estudiantes que afecten en cualquier medida al prestigio de la Carrera o violen reglamentos vigentes, quienes faltaren el debido respeto o injuriare al cuerpo docente o autoridades, cometiere un delito que lesionare el patrimonio público, adulterare o falsificare documentos académicos, actas, exámenes, realizare actos de violencia de género, actos de discriminación, agrediere físicamente a otras personas estudiantes, docentes o autoridad, se encuentran sometidas a la aplicación de sanciones disciplinarias por parte de sus autoridades.

Las clases de la Diplomatura en Preservación y Restauración Audiovisual no podrán ser registradas sonora ni audiovisualmente. La persona estudiante acepta no grabar, reproducir, distribuir, modificar, mostrar, ejecutar, publicar, otorgar licencias, crear obras derivadas basadas en los contenidos de las clases, u ofrecerla en venta, o usar contenido e información contenida en u obtenida de nuestras clases.

ARTÍCULO 18º. SANCIONES

Las actuaciones por actos de indisciplina serán iniciadas ante la Coordinación Académica ya sea por denuncia escrita, u oral ratificada por la persona denunciante dentro de las cuarenta y ocho (48) horas o de oficio. Comprobada la existencia del hecho de indisciplina y determinadas las responsabilidades de la persona estudiante o de las personas estudiantes implicadas, previa vista de descargos a las mismas, se graduarán las sanciones de acuerdo con los antecedentes y condiciones personales de las personas responsables, las circunstancias en que se cometió el acto y la gravedad de los perjuicios ocasionados. Se establecen las siguientes sanciones: a) Apercibimiento; b) Suspensión; c) Expulsión.

ARTÍCULO 19º. DECLARACIÓN

Declaro bajo juramento que los datos consignados en el formulario de inscripción son correctos, completos y fiel expresión de la verdad, comprometiéndome a comunicar en forma fehaciente a la DiPRA cualquier cambio que se produzca sobre los mismos.

ARTÍCULO 20º. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

El solo hecho de postularse mediante el formulario de inscripción implica por parte de las personas postulantes la aceptación de todas las normas de la presente Reglamentación General.

ARTÍCULO 21º. IMPREVISTOS

Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por la Sociedad por el Patrimonio Audiovisual.

ARTÍCULO 22º. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Este acuerdo estará regido en todos sus puntos por las leyes vigentes en la Argentina. Cualquier controversia derivada del presente acuerdo, su existencia, validez, interpretación, alcance o cumplimiento, será sometida a los tribunales nacionales en lo comercial de la Ciudad de Buenos Aires.